Sunass supervisa uso de inversión de empresas de agua para garantizar continuidad del servicio

La Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (Sunass) viene supervisando el uso adecuado de los fondos de inversión y reservas por Mecanismos de Retribución por Servicios Ecosistémicos (Merese), Gestión de Riesgos de Desastres (GRD) y Adaptación al Cambio Climático (ACC) de las empresas prestadoras agua potable y alcantarillado, con el fin de garantizar la continuidad del servicio y dar cumplimiento al Decreto de Urgencia Nº 036-2020, que libera el uso de los fondos y reservas para gastos de operación y mantenimiento de los sistemas de saneamiento, en el marco de la emergencia sanitaria a causa del COVID-19.

En ese sentido, la Sunass envió un oficio a dichas empresas para que remitan un informe mensual con el detalle de los gastos realizados con los fondos y las reservas, acompañados de su respectiva explicación o justificación técnica que sustente su uso en gastos de operación y mantenimiento, así como los movimientos bancarios, órdenes de compra, comprobantes de caja, facturas y/o recibos correspondientes.

El informe deberá ser entregado en formato impreso y digital, en un plazo máximo de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente de culminado cada mes, desde la entrada en vigencia del decreto de urgencia.

Los costos y gastos de operación y mantenimiento se refieren al desembolso económico para cubrir actividades necesarias para asegurar que el servicio no se detenga y siga funcionando en condiciones adecuadas, como el mantenimiento y operación del sistema de desinfección, de las redes de agua y alcantarillado, del sistema administrativo y comercial, entre otros.

Como se recuerda, el 10 de abril se publicó Decreto de Urgencia N° 036-2020 con el objetivo de establecer medidas extraordinarias en materia económica y financiera, que garanticen la continuidad de los servicios de saneamiento para la población durante la emergencia por el COVID-19.

En ese sentido, para minimizar la afectación económica de la población, el decreto de urgencia dispuso el fraccionamiento de hasta 24 meses de los recibos pendientes de pago y consumos generados durante la emergencia sanitaria.

Asimismo, con el fin de garantizar la continuidad de la prestación de los servicios de saneamiento y la sostenibilidad financiera de las empresas prestadoras de servicios de saneamiento, el decreto de urgencia suspendió por el plazo de 5 meses, las transferencias que efectúan dichas empresas para el fondo de inversiones y las reservas por Mecanismos de Retribución por Servicios Ecosistémicos, gestión del riesgo de desastres y adaptación al cambio climático; y autorizó, por el mismo plazo, el uso de esos fondos y reservas para financiar los costos de operación y mantenimiento de los servicios de saneamiento.

También, estableció que la Sunass, en el marco de sus competencias y funciones, realice la fiscalización para que el uso de dichos fondos y reservas sean destinados para los fines correspondientes.

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