José Luis Lecaros rechaza que exista una presunta “mafia judicial”

A través de un comunicado, el presidente del Poder Judicial consideró que todo juzgamiento de un presunto delito de corrupción” exige ponderar la pretensión punitiva” de la fiscalía

El presidente del Poder Judicial, José Luis Lecaros, rechazó este lunes que exista una presunta “mafia judicial” en la entidad que preside.

Rechazó, en esa línea, los calificativos propalados “en los últimos días” al respecto y reiteró su respeto a las decisiones de todos los magistrados en el Sistema Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios de la Corte Superior de Justicia Especializada en Delitos de Crimen Organizado y de Corrupción (CSJE).

“Los calificativos esgrimidos en los últimos días, en especial aquellos que hacen referencia a una “mafia judicial” o que afirman una predisposición política por parte del Poder Judicial, merecen el rechazo de esta Presidencia y no debilitan la confianza que ha depositado en los magistrados de esa corte”, sostuvo en un comunicado.

“Respetamos las actuaciones de los magistrados de los distintos órganos jurisdiccionales de la citada corte [CSJE] y subrayamos la existencia de las vías procesales idóneas para cuestionar y eventualmente, de acuerdo a ley, revertir una decisión judicial dada por una instancia inferior”, señaló.

El también titular de la Corte Suprema consideró, no obstante, que todo juzgamiento de un presunto delito de corrupción” exige ponderar de manera equilibrada la pretensión punitiva del Ministerio Público”.

En ese sentido, recordó que la Corte Suprema ya ha establecido en la casación 1445-2018, suscrita por el juez supremo César San Martín, los requisitos para que se dicte una presión preventiva. Precisó que, si bien “no es de carácter vinculante, no deja de constituirse en una referencia que un órgano jurisdiccional debería considerar en los argumentos de su decisión”.

“El juzgamiento de todo delito de corrupción exige ponderar de manera equilibrada la pretensión punitiva del Ministerio Público y la aplicación de la ley a un hecho concreto, sin perder de vista las garantías procesales que le asisten a todas las partes, en particular cuando las consecuencias de la actuación de un órgano jurisdiccional conlleva la eventual limitación de un derecho”, indicó en el documento.

“Sobre el particular, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema [presidida por César San Martín] ha fijado su posición respecto a los supuestos que deben considerarse al momento de dictar una orden de prisión preventiva [en la casación 1445-2018]”, remarcó.

Finalmente, Lecaros aseguró que el Poder Judicial acepta la crítica de la opinión pública y destacó que el sistema jurídico ofrece la posibilidad de la apelación para que un tribunal superior enmiende algún fallo de una instancia inferior.

(Documento: Poder Judicial)

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