Ciudad del Vaticano. El papa Francisco ha reorganizado con la Constitución apostólica “Episcopalis communio” presentada hoy la metodología y composición del Sínodo, la asamblea que reúne a los obispos para diferentes temas, dando mayor participación de los fieles durante la preparación y en el debate.
El nuevo texto también introduce la posibilidad de que el documento final con las conclusiones que se aprueban en cada sínodo pueda ser considerado vinculante para el magisterio del papa.
La organización de sínodos fue introducida por Pablo VI tras el Concilio Vaticano II en 1965, y después se han introducido varias normativas, pero no había una Constitución que diese una estructura a esta asamblea.
El papa Francisco quiere que las asambleas del sínodo de los obispos involucren al “pueblo de Dios”, como se lee en la introducción de la Constitución.
Por ello, en el artículo 6 se establece que los obispos se tienen que ayudar de varios “organismo de participación” y “someter las cuestiones que serán afrontadas en la asamblea sinodal a los sacerdotes, a los diáconos y a los fieles laicos de sus Iglesias”.
En los sínodos sobre la familia y el próximo sobre los jóvenes que ha instituido Francisco ya se utilizó la fórmula de enviar un cuestionario.
También se introduce, como ya ha hecho Francisco en estos sínodos, la participación, aunque sin voto, de personas que no sean obispos pero que puedan dar su testimonio ante los prelados.
Otra de las novedades, ya realizada para el sínodo sobre los jóvenes que se celebrará en octubre, así como el de la región Panamazónica previsto para 2019, es la posibilidad de realizar presínodos donde religiosos y fieles se reúnan para debatir sobre el tema elegido.
En el documento se le reserva al pontífice la posibilidad de convocar un sínodo cuando lo requiera, antes se celebraban cada tres años, o se declaraban extraordinarios.
El papa argentino ya pidió eliminó además la lista final de “las proposiciones de los padres sinodales”, que se presentaban para redactar el documento final y en su lugar pidió la elaboración de un texto común que la asamblea tenía que votar para su aprobación.
En este caso, la nueva Constitución habla de “unanimidad moral” para la aprobación del documento, mientras que en pasado se necesitaban la mayoría de dos tercios.
Además este documento final, según la nueva Constitución, puede ser aprobado por el pontífice y este formar parte del “magisterio ordinario” sin la necesidad de que se realice después una exhortación apostólica si el papa ha dado a la asamblea carácter “deliberativo” y no solo consultivo.
Fuente: EFE