Sala Penal Nacional resolverá caso Sánchez Paredes

El Tribunal presidido por el juez superior Jorge Calderón debe decidir en los próximos días si el caso pasa a juicio público, se amplía la investigación o, como plantea la fiscalía, se archiva por insuficiencia de pruebas.

El Colegiado “D” de la Sala Penal Nacional evaluó hoy desde las 7 a.m. en una audiencia pública si archiva o no el caso Sánchez Paredes, una intervención que se da en un contexto en que la revista Caretas acusó en su última edición al fiscal de la Nación José Peláez de negligencia por no entregar información solicitada por la fiscalía federal del distrito sur de Nueva York, obligando a que el caso por blanqueo de capitales sea finalmente archivado.

La audiencia pública reunió a los abogados defensores, el Colegiado “D” de la Sala Penal Nacional, presidido por el juez superior Jorge Calderón Castillo, y a la procuradora Sonia Medina quien sostuvo que por salud procesal y el bien de la justicia del país los Sánchez Paredes deben ser sometidos a un juicio público.

Por su lado, los Sánchez Alayo y los Sánchez Miranda reiteraron que no hay nexos entre los presuntos actos de narcotráfico cometidos entre los años 80’s y 90’s por Percyles y Segundo Sánchez Paredes con la actual fortuna familiar.

En ese sentido, el abogado Luis Roy Freire, en nombre de Manuel Sánchez Paredes, indicó que tras más de cuatro años de investigación no se han aportado una sola prueba de lavado de activos provenientes del narcotráfico.

“La sala debe anular resolución que elevó el caso Sánchez Paredes a la fiscalía suprema por falta de motivación”, afirmó y agregó que en esta ocasión la Sala debería precisar si existe o no el delito previo al lavado de activos, quiénes, cuando, de qué manera, en que tiempo y lugar lo cometieron, pues “de no ser así el 1´121,000 fojas del expediente no sirve de nada”.

Continuando con la defensa del clan trujillano, César Nakazaki, abogado de Orlando Sánchez Paredes, enfatizó que la procuradora no cumplió con señalar cuales eran las pruebas que deben forzar una acusación.

Según el abogado, el único indicio que sustenta la acusación es un informe de la DEA donde se menciona la supuesta declaración de una persona ya fallecida sobre su participación en un embarque de droga desde la zona de Bayovar. Pero, según Nakazaki, nunca nadie ha visto esa declaración y entonces no hay una prueba para forzar una acusación y que el caso se vea en juicio público, informa La Ley, página especializada de derecho.

En la replica, la procuradora Sonia Medina enfatizó que “el delito fuente en este caso está abundantemente probado” y que los abogados no lo podían negar por lo que reiteró su pedido al tribunal para que el caso pase a juicio público.

Calderón Castillo anunció que el caso quedaba listo para resolver, lo que se notificará oportunamente a los abogados. El tribunal tendría hasta tres alternativas: insistir con la discrepancia y devolver el expediente al fiscal supremo, ordenar de oficio una ampliación de la investigación o como plantea la fiscalía pasar el caso al archivo por falta de pruebas.

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