MADRID, 10 (EUROPA PRESS)
Estos compromisos, con una vigencia inicial hasta abril de 2020, fueron objeto de prórroga por parte de la CNMC en julio de 2020 por un periodo adicional de tres años. Recientemente, la Audiencia Nacional, mediante sentencia de 8 de febrero de 2023, validó, la decisión de la CNMC de prorrogar estos compromisos.
La autorización de la operación de concentración entre Telefónica y DTS quedó condicionada al cumplimiento de los compromisos propuestos por la operadora y aprobados por la CNMC el 22 de abril de 2015.
Uno de los compromisos establecía que Telefónica no puede aplicar a sus clientes de televisión de pago condiciones o prácticas tendentes a entorpecer su movilidad, como la inclusión de obligaciones de permanencia.
En este sentido, la CNMC considera que las condiciones de la oferta comercial empaquetada Movistar Fusión con alquiler de un smartphone (vigente desde el 11 de abril de 2021 hasta el 1 de agosto de 2021), vulneraba este compromiso al considerarse una política de permanencia indirectamente asociada a la televisión de pago.
"Todos los clientes que contrataron los productos Movistar Fusión desde su lanzamiento el 11 de abril de 2021 -tanto clientes nuevos como clientes de Telefónica que migraron desde otros productos-, quedaron sujetos a las condiciones de permanencia y penalización por baja anticipada durante el periodo de 36 meses que imponía el contrato", apunta Competencia.
Para el organismo, esta oferta comercial supuso, al menos hasta el 1 de agosto de 2021, "una limitación a la movilidad" de los clientes de televisión de pago de Telefónica que contrataron este servicio a través de Fusión, "restringiendo" su capacidad para contratar servicios similares con otros operadores competidores de Telefónica.
Para la CNMC, el incumplimiento de lo establecido en los compromisos de la fusión supone una infracción "muy grave" y por ello impone a Telefónica una multa de 6 millones de euros.
La CNMC recuerda que contra esta resolución puede interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación.