BRUSELAS, 14 (EUROPA PRESS)
Con las nuevas reglas, cada gobierno deberá evaluar si los salarios mínimos en su país son adecuados para garantizar un nivel de vida "digno", atendiendo a criterios como las condiciones socieconómicas, el poder adquisitivo o la evolución de los niveles de productividad a nivel nacional.
Los países de la UE en los que el salario mínimo esté protegido a nivel de convenios colectivos no estarán obligados a introducirlo ni hacer que dichos convenios sean de aplicación universal.
Los Estados miembro sí tendrán que fortalecer las negociaciones sectoriales e intersectoriales para proteger a los trabajadores asegurando un salario mínimo y, en aquellos países de la UE en donde menos del 80% de la plantilla esté amparada por un convenio colectivo, tendrán que crear y hacer público un plan de acción que aumente esta cobertura, implique a agentes sociales e informe a la Comisión Europea de las medidas adoptadas.
En todo caso, la fijación del salario mínimo seguirá siendo una competencia de los Estados miembro, que tendrán que asegurarse de que permita a los trabajadores llevar una vida digna, teniendo en cuenta el coste de la vida y el nivel salarial general.
A la hora de evaluar si sus salarios mínimos legales vigentes son adecuados, las autoridades podrán tomar como referencia una cesta de bienes y servicios a precios reales, o bien el 60 % de la mediana salarial bruta y el 50 % del salario medio bruto.
Además, los gobiernos estarán obligados a establecer un sistema para asegurar el cumplimiento de las nuevas reglas y abordar problemas como la subcontratación abusiva, los falsos autónomos, las horas extra no declaradas o el aumento de la intensidad del trabajo.
Este sistema deberá incluir medidas de supervisión fiables, controles e inspecciones sobre el terreno, de acuerdo a la nueva normativa, que este miércoles ha sido adoptada por el pleno del Parlamento Europeo con 505 votos a favor, 92 en contra y 44 abstenciones. Los Veintisiete tendrán un plazo de dos años a partir de la publicación de la directiva en el Diario Oficial de la UE para trasladar el nuevo marco legal a su legislación.