MADRID, 15 (EUROPA PRESS)
El listado de terceros países cuyos residentes quedaban exentos de las restricciones de viaje a la Unión Europea ha sido modificado en sucesivas ocasiones para ir adaptando el listado de terceros países a las circunstancias epidemiológicas o para realizar determinados ajustes en los criterios aplicados.
Actualmente, el contenido se mantiene inalterado, a la espera de una revisión más profunda. No obstante, la Orden INT/657/2020, de 17 de julio, se ha adaptado a la mejora de la situación epidemiológica, evitando convertirse en un obstáculo injustificado para la economía y las relaciones personales. Así, mediante la Orden INT/452/2022, de 20 de mayo, se incorporó la prueba diagnóstica como elemento que exime de las restricciones.
De este modo, el anexo con el listado de países exentos de restricciones ha perdido relevancia, pero el BOE indica que conviene mantener dicho listado hasta que se modifique la Recomendación (UE) 2020/912 del Consejo, de 30 de junio.
Adicionalmente, se han reabierto, para determinadas categorías de personas, los puestos terrestres habilitados para la entrada y la salida de España a través de las ciudades de Ceuta y Melilla.
"El paso controlado y ordenado de personas por estos puestos fronterizos aconseja mantener las categorías habilitadas, especialmente durante la Operación Paso del Estrecho 2022", recoge el BOE.
Por los motivos arriba expuestos, y dado que los efectos de la Orden INT/657/2020, de 17 de julio, finalizan a las 24.00 horas del 15 de julio de 2022, procede prorrogarlos, sin cambios, hasta el final de la Operación Paso del Estrecho, el 15 de septiembre.