Puno: declaran estado de emergencia en cinco distritos por contaminación de agua

Informe del Indeci señala que la salud de la población de estas jurisdicciones se encuentran en peligro ante la contaminación de agua de pozo para consumo humano de la Sub- Cuenca del río Coata.

El Gobierno declaró el **estado de emergencia** en cinco distritos de las provincias de Puno y San Román, región de **Puno** debido al peligro inminente de contaminación de agua.

Así lo dispone el Decreto Supremo Nº 092-2019-PCM, publicado hoy en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano. El dispositivo precisa que la declaratoria regirá por un plazo de 60 días calendario.

Se trata de las jurisdicciones de Coata, Huata **y **Capachica de la provincia de Puno y los distritos de Caracoto y Juliaca de la provincia de San Román.

La medida se sustenta en el informe situacional Nº 00069-2019 del Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci), remitido el 22 de abril de 2019. Este señala que la vida, salud y medios de vida de las poblaciones de los referidos distritos se encuentra en peligro ante la** contaminación de agua de pozo para consumo humano** de la Sub- Cuenca del río Coata.

El Decreto Supremo también indica que el Reporte N° 01, del Centro de Operaciones de Emergencia Nacional (COEN), del pasado 10 de abril, concluye que “por la magnitud del peligro inminente se requiere la participación de las entidades competentes del Gobierno Nacional, habiendo sido sobrepasada la capacidad del Gobierno Regional de Puno”.

Agrega que a consecuencia de la** contaminación de agua **por este motiva resulta necesaria “la ejecución de medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de reducción de muy alto riesgo existente”.

El Gobierno Regional de Puno y a los Gobiernos Locales comprendidos, con la coordinación técnica y seguimiento del Indeci, y la participación del Ministerio de Salud, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, del Ministerio de Educación, del Ministerio de Agricultura y Riego, del Ministerio del Ambiente, del Ministerio de Energía y Minas, del Ministerio del Interior, del Ministerio de Defensa y del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, y demás instituciones públicas y privadas involucradas; ejecutarán las acciones inmediatas y necesarias destinadas a la reducción del muy alto riesgo existente. 

El presente Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, Salvador del Solar. Además, de los titulares de Salud, Vivienda, Construcción y Saneamiento, Educación, Agricultura y Riego, Ambiente, Energía y Minas, Interior, Defensa y Mujer y Poblaciones Vulnerables.

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