Un proyecto de ley listo para ser debatido en la Comisión de Defensa del Consumidor del Congreso busca que los padres de familia de colegios privados paguen solo la pensión por los días en los cuales sus hijos asistieron a clases efectivas.
De acuerdo con el predictamen, que plantea cambios a la Ley 26549, Ley de los Centros Educativos Privados, los padres pagarían menos en marzo, julio y diciembre, dado que en esos meses los estudiantes no completan las cuatro semanas de estudio.
Si el estudiante inicia sus clases el 10 de marzo, solo se pagarían los 20 días restantes y ya no el mes completo. Igualmente, si las clases acaban el 15 de julio o el 15 de diciembre, solo se cobrarían por los 15 días de clases efectivos.
Del mismo modo, señala el proyecto de ley, esto se extendería a los meses en los cuales los estudiantes tienen vacaciones de una semana, tras haber culminado los exámenes en cada trimestre escolar.
Otro punto del proyecto está relacionado a la cuota de ingreso que cobran los colegios privados. La iniciativa propone que los padres recuperen ese monto si cambian de colegio a sus hijos. El reembolso sería proporcional a los años lectivos que no recibió el servicio educativo.
El congresista Miguel Ángel Elías, presidente de la Comisión de Defensa del Parlamento, dijo a la Agencia Andina que si bien ayer no se debatió el proyecto por falta de quorum, espera que esto se concrete el próximo martes. “Este proyecto fue dictaminado en el 2016, no es reciente. Aquella vez se consultó al Ministerio de Educación, a las Apafas y a colegios, hubo una mesa de trabajo y se llegó a un punto de concordancia. Ahora nuevamente lo hemos puesto en agenda”.
Recalcó que el objetivo de la iniciativa legal es informar a los padres de familia sobre las pensiones, matrículas y cuotas de ingreso. Esta información deberá impartirse en el mes de junio del año escolar.
¿Qué dicen los expertos?
El presidente de la Asociación Peruana de Consumidores (Aspec), Crisólogo Cáceres, consideró que “pagar únicamente por el servicio recibido es lo justo y lo razonable”. “Este es un principio viejo del derecho del consumidor. En un banco se paga por el servicio recibido, en el taxi por el tramo recorrido, pero en la educación hay una situación atípica: si vas 10 días en diciembre, pagas por todo el mes”.
Cáceres también señaló que actualmente el Código de Protección al Consumidor no precisa cuándo el colegio debe informar a los padres sobre el incremento de las pensiones. “En este predictamen sí se precisa y dice que será en junio”, refirió en Rpp.
El titular de Aspec refirió que, a pesar que la ley es clara, muchos colegios particulares practican una serie de cobros indebidos: por ejemplo direccionan la compra de útiles escolares, les hacen firmar a los padres letras en blanco en las cuales éste acepta cualquier cobro a futuro, entre otros.
Consultado sobre aquellos padres de familia que no pagan las pensiones y, pese a la deuda, trasladan a sus hijos a otros colegios con el objetivo de evadir el pago, Cáceres respondió que el ministerio del sector debería emitir una directiva al respecto.
“Ya está regulado que, si los padres no pagan las pensiones, el colegio no puede darle al menor la libreta ni el certificado de estudio. Pero lo que faltaría es sancionar a aquellos colegios que acepten matrículas de alumnos que no traigan su certificado de estudio del colegio anterior (donde no pagaban la pensión)”.
Por su parte, Justo Saragoza, experto en marketing educativo, dijo que si el predictamen prospera, se estaría precarizando la educación porque “los colegios tienen que preparar a sus docentes, asumen gastos de capacitación, vacaciones y gastos de infraestructura”.
“Los que tenemos experiencia en empresa, tenemos que pagar en diciembre una gratificación a todos los trabajadores. El costo de la educación se hace sobre la base del año entero”, anotó.
No obstante, Saragoza se mostró de acuerdo con devolver la cuota de ingreso cuando el estudiante, por diversas razonas, se traslada de colegio.
Agencia Andina
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