La Segunda Sala Penal de Apelaciones evaluó en audiencia la apelación a los 36 meses de prisión preventiva dispuestos por el juez Richard Concepción Carhuancho contra Keiko Fujimori Higuchi.
Según indicaron, el colegiado no expedirá la resolución en el plazo que indica la ley, pero se ajustarán lo máximo posible, “debido a la cantidad de agravios por resolver”.
“El colegiado comunica que no va a poder expedir la resolución en el plazo que indica la ley, en un plazo de 48 horas, pero trataremos de ajustarnos lo más posible al plazo. Con seguridad se va a emitir la resolución”, se indicó.
Keiko Fujimori es investigada por el fiscal José Domingo Pérez, por ser presuntamente la líder de una organización criminal enquistada al interior de la agrupación política Fuerza 2011, hoy Fuerza Popular.
Asimismo, se le imputa pretender entorpecer la investigación por el presunto delito de lavado de activos que se sigue en su contra.
En la audiencia, la defensa de Fujimori Higuchi, Giulliana Loza, sostuvo que no existen elementos de convicción para vincular a su patrocinada con el delito de lavado de activos.
Asimismo, aseveró que no existen elementos de convicción de que su cliente haya realizado y ordenado actos de conversión de dinero, así como tampoco existe sospecha grave de que Keiko Fujimori haya dispuesto que soliciten dinero a la constructora brasilera Odebrecht.
Giulliana Loza señaló que se dictó una prisión preventiva contra su cliente sin fundamento jurídico y denunció abusos y arbitrariedades registradas en el proceso.
“No hay razón alguna para que siga privada de su libertad. No hay peligro procesal, no hay peligro de fuga, no hay peligro de obstaculización. No existe elemento de convicción válido, sólido, mínimo en grado de sospecha grave, que la vincule a un acto de lavado de activos, menos que la vincule a una supuesta organización criminal”, manifestó.
Por su parte, el coordinador del Equipo Especial del caso Lava Jato, el fiscal superior, Rafael Vela, pidió a la sala que se ratifique en la prisión preventiva de Keiko Fujimori por estar bien fundamentada jurídicamente.
Según indicó, no se puede decir que no hay elementos de convicción contra **Keiko Fujimori **cuando sí los hay, como la ruta del dinero entregada por Odebrecht.
Además, mencionó el chat ‘La Botica’, el cual dijo “tiene una especial trascendencia desde el punto de vista de la consolidación de los aspectos relacionados a la verticalidad, la ausencia de horizontalidad, la estructura jerárquica que está claramente determinada en un chat que es además legal porque ha sido aportada por uno de los integrantes, de manera voluntaria al Ministerio Público”.
“No solamente son expresiones políticas. No es expresión política decir que destruyen al fiscal José Domingo Pérez. No es expresión política decir que blinden al fiscal de la Nación. Esas no son expresiones políticas, son expresiones claras de intromisión en aspectos relacionados con la correcta administración de la justicia”, agregó.
Sin embargo, Loza manifestó que la legalidad del chat está en cuestión, e indicó que **Keiko Fujimori **no participó de esa conversación por estar con una detención preliminar.
Audiencia de apelación de Yoshiyama En esta audiencia también se evaluó la apelación presentada por el abogado de Jaime Yoshiyama, Humberto Abanto, contra la prisión preventiva en contra de su patrocinado, pese a que este se encuentra en Estados Unidos por razones de salud.
Según sostuvo Abanto, no existen fundados elementos de convicción que vinculen a su cliente con el delito de lavado de activos, peligro de fuga ni obstaculización del proceso, por lo que correspondería que le restablezcan la libertad.
El fiscal Rafael Vela indicó que **Jaime Yoshiyama **tiene una cita médica nueva que le impide regresar al Perú, pese a que existe un mandato de prisión preventiva en su contra.
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