El juez Richard Concepción Carhuancho rechazó ser un juez proclive a enviar a la cárcel a los investigados y subrayó que solo dicta prisión preventiva cuando es absolutamente necesario.
Al dictar arresto domiciliario e impedimento de salida del país para Adriana Tarazona y Carmela Paucará, respectivamente, Concepción Carhuancho subrayó que la prisión preventiva es una medida excepcional, aplicable solo cuando el proceso de investigación está en serio riesgo.
En ese marco, aseveró que, cuando existan alternativas, su despacho no optará por enviar a prisión preventiva a los investigados.
‘(…) no dicto todas las veces prisión preventiva como por ahí se ha dicho. Por un régimen de gradualidad interpongo otras medidas alternativas’, manifestó.
Ese fue el caso de Paucará y Tarazona, investigadas por el presunto delito de lavado de activos cometido por miembros de Fuerza Popular, para quienes no dictó prisión preventiva.
Si bien consideró que ambas investigadas actuaron como cómplices en el presunto delito de lavado de activos, valoró que el peligro procesal era mínimo y podría ser fácilmente conjurado con las medidas gravosas dispuestas.
Explicó, además, que sus casos son distintos al de aquellos para quienes sí declaró fundada la prisión preventiva, como Keiko Fujimori, Ana Herz, Pier Figari , Vicente Silva Checa y Luis Mejia Lecca.
Sostuvo que ellos eran miembros de la cúpula de la presunta organización criminal y habrían dirigido y ejecutado las acciones para obstaculizar la justicia, por lo cual la prisión preventiva estaba justificada.
Andina
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