El último miércoles 28 de marzo fue promulgada la ley que regula la hipoteca inversa en el Perú. Se trata de una norma que permitirá a los adultos en edad de jubilación recibir un crédito usando su vivienda como garantía. Esta garantía recién se ejecutará cuando el titular de la vivienda haya fallecido.
‘El gran problema del Perú es que muchas personas al llegar a la edad de jubilación no cuentan con una pensión suficiente o, en el peor de los casos, ni siquiera cuentan con una’, explica Eduardo Morón, presidente de la Asociación Peruana de Empresas de Seguros (Apeseg).
Por ello, indica, esta es una ley muy útil. ‘Te permite vivir en tu casa, hasta tu fallecimiento, y utilizar ese activo para recibir un monto fijo mensual, como una pensión. Cuando tú fallezcas, la entidad con la que has firmado el contrato se quedará con la vivienda’.
La ley establece que una persona puede realizar esta operación con empresas de operaciones múltiples (entidades financieras) o aseguradoras. Además, se podrá optar por una renta que dure un tiempo determinado o una renta vitalicia (de por vida). ‘Por ejemplo, si se ha elegido una pensión por 15 años, pero yo vivo más tiempo, la garantía no se ejecutará hasta que fallezca. Es decir, no te van a echar de tu casa’, destaca Morón.
Al respecto, el economista y profesor de la Universidad del Pacífico, Jorge González Izquierdo, afirma que ante el fallecimiento del titular, la entidad consultará a los herederos si desean conservar el patrimonio. De ser el caso, estos deberán pagar el crédito.
‘Es una medida muy beneficiosa porque se le permite a la persona vivir todo el tiempo en su casa. Solo habrá que esperar porque es algo que se va a implementar de manera progresiva y hay que ver si los bancos están interesados en entrar a este sistema’, afirma.
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