El mejor planeamiento tributario que puede hacer una empresa es aplicar correctamente la Ley del Impuesto a la Renta con lo cual se evitará el pago de montos innecesarios por concepto de multas, afirma la gerente general de Quantum Consultores, Marysol León.
Detalla que un contribuyente puede correr el riesgo de pagar de más si no tiene un conocimiento pleno del marco legal tributario y de las normas contables.
Explica que para el reconocimiento de ingresos se aplica el criterio del devengado, en el cual se usa el criterio contable por ser la norma origen a la que se debería recurrir ya que no se ha definido en la ley.
Tener en cuenta que la sola emisión de una factura no implica el reconocimiento de un ingreso.
Sugiere que las empresas tomen en cuenta que no necesariamente la facturación realizada responde a operaciones que implican el reconocimiento de ingresos contables, ya que se dejan de reconocer ingresos por avance del servicio al cierre del año por esperar ser facturados el siguiente ejercicio.
‘Desde el punto de vista contable, hay un tipo de gasto (costo de ventas, costo del servicio) que debe reconocer en el mismo momento en que se reconoce el ingreso con el cual se encuentra directamente relacionado’, dice.
Por ello, la especialista sugiere encargar la emisión del estado financiero a profesionales contadores debidamente capacitados y especializados en las NIIF (Normas Internacionales de Información Financiera) que conozcan de la legislación del IR.
‘Cultiven la cultura de la prevención y encarguen a un tercero la revisión tributaria, si el contador no es especialista en tributación’, recalca.
Asimismo, dijo que se debe realizar los inventarios que se tienen en stock para bajar el activo sujeto al pago del ITAN.
Agregó que hay que tener copia de los cheques con la cláusula de No Negociable porque se puede perder el gasto, crédito fiscal del IGV e incurrir en infracciones.