La nueva Ley de Migraciones facilitará y hará más atractivo el ingreso al Perú de profesionales calificados, inversionistas, estudiantes y voluntarios extranjeros, al ser una norma más ordenada, ágil y sencilla en su aplicación, destacó el Superintendente Nacional de Migraciones, Eduardo Sevilla.
Explicó que el Decreto Legislativo 1350, que entrará en vigencia el 1 de marzo, contribuirá a sincerar la situación migratoria de muchos extranjeros que ingresaban al Perú como turistas, pero realizaban otras actividades.
‘La frondosidad de requisitos y procedimientos de las normas anteriores, el DL 1236 y Ley de Extranjería, constituían una barrera para que los extranjeros que venían al Perú a realizar actividades académicas o de negocios, sincerarán su estatus migratorio’, refirió.
Puso como ejemplo el caso de conferencistas o empresarios foráneos que muchas veces optaban por declarar a su arribo al aeropuerto que ingresan al país a realizar actividades de turismo; debido a que la normativa actual es muy engorrosa para obtener la visa adecuada para realizar sus actividades.
‘No deseamos más esa situación, la nueva norma busca la ‘formalización’ del estatus migratorio del extranjero y eso significa, en muchos casos, el pago de impuestos’, anotó Sevilla Echevarría.
La nueva Ley de Migraciones permitirá a los ejecutivos extranjeros llegar al país de forma temporal a través de la calidad migratoria de Negocios y en caso que formalicen su inversión podrán optar por la calidad migratoria de Inversionista.
En el caso del voluntariado, la nueva normativa amplía el plazo de permanencia de los extranjeros que realizan labor social, eliminando la obligación absurda de tener que salir e ingresar al país cada 90 días para renovar su autorización, como actualmente sucede.
Los estudiantes extranjeros que culminen sus estudios en el Perú tampoco verán interrumpida su formación académica, porque con el D.L. 1350, se les permitirá permanecer en el país para elaborar su tesis o trabajos de investigación.
Sevilla Echevarría añadió que, en el caso de los rentistas o jubilados foráneos, la norma les facilitará gozar de sus ingresos en el Perú, eliminando la presentación de numerosos requisitos y procedimientos.
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