Los trabajadores del sector privado se alistan para recibir su gratificación por Navidad. Gracias a la Ley 29714 -que solo rige hasta el 31 de diciembre del 2014- a la gratificación se le sumará una bonificación extraordinaria del 9%. Este porcentaje equivale a lo que los empleadores dejarán de aportar a Essalud, informó la Cámara de Comercio de Lima (CCL). El Congreso de la República viene analizando si exonera de manera permanente este descuento.
La gratificación equivale a un sueldo íntegro, siempre y cuando haya laborado todo el semestre: desde julio hasta diciembre. Cabe indicar que este pago tampoco sufrirá los descuentos de ONP–AFP (13%), por lo que el incremento efectivo resultará de aproximadamente 22%.
Esto se aplica para los trabajadores afiliados a Essalud. Sin embargo, para los que estén afiliados a una Empresa Prestadora de Salud (EPS) la bonificación extraordinaria no será el 9% sino el 6,75% del monto de la gratificación.
El diario Gestión dio algunos datos sobre la gratificación a tomar en cuenta: •La gratificación de diciembre será equivalente al íntegro de la remuneración que el trabajador percibió al 30 de noviembre de 2014. •En este cálculo no se considera remuneración computable para las gratificaciones las utilidades, gratificaciones extraordinarias, movilidad, asignación por educación, viáticos, y demás conceptos previstos en el artículo 19° de la Ley de CTS. •Para percibir la gratificación el trabajador debe estar laborando en diciembre del 2014 o estar de vacaciones, gozando de subsidios con descanso médico.