La gratificación tendrá una bonificación de hasta 22%

El 15 de julio vence el plazo para que empresas hagan este pago. La Cámara de Comercio de Lima explica cuánto recibirán los trabajadores.

La Cámara de Comercio de Lima (CCL) recordó hoy que los trabajadores del sector privado recibirán una bonificación extraordinaria sobre la gratificación por Fiestas Patrias.

Este monto extra corresponde al porcentaje que los empleadores no deberán aportar a EsSalud (9%) o a una Empresa Prestadora de Salud (6,75%), además de la tasa que los trabajadores no tendrán que aportar a su fondo previsional, ya sea la Oficina de Normalización Previsional (ONP) o una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP), que es un 13% del sueldo.

Así, los trabajadores podrán recibir un extra de hasta el 22% de lo que percibían antes de que se disupusiera la inafectación de las gratificaciones, dependiendo del seguro de salud con el que cuenten y el sistema de pensiones al que estén afiliados.

La ley que establece la inafectación de las gratificaciones por Fiestas Patrias y Navidad fue promulgada en abril del 2009 (hasta el 31 de diciembre del 2010) y prorrogada en mayo del 2011 (hasta el 31 de diciembre del 2014).

En legislaturas anteriores, se ha propuesto que esta exoneración vuelva a ser prorrogada o se vuelva permanente.

Cabe recordar que la gratificación corresponde al íntegro de la remuneración percibida por el trabajador al 30 de junio del 2014, siempre y cuando haya laborado en la empresa por seis meses completos.

En caso de tener menos de seis meses en la empresa, el trabajador recibirá un sexto de su remuneración por cada mes completo trabajado.

Sanción 35.500 soles es la multa máxima para las empresas que no cumplan con pagar la gratificación a sus empleados. El plazo vence el 15 de julio.

Cálculo * Cuenta. Se considera para el cálculo de la gratificación la remuneración regular de los trabajadores.

  1. No cuenta. No entran en el cálculo utilidades, movilidad, viáticos, asignación por educación, etc.

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