El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) recordó ayer a las entidades financieras y comerciales que tienen prohibido cobrar penalidades y comisiones cuando los consumidores cancelan por anticipado los productos o servicios comprados a crédito.
La entidad recomendó a los trabajadores en planilla que empleen su gratificación por Fiestas Patrias para pagar sus deudas, para de esta manera liquidar las comisiones y todos los gastos derivados de las cláusulas contractuales pactadas entre las partes, sin la posibilidad de que se generen cobros adicionales.
Detalló que el Código de Protección y Defensa del Consumidor establece que las personas tienen derecho al pago anticipado o prepago de los saldos de las operaciones de crédito en forma total o parcial, con la consiguiente reducción de los intereses generados al día del pago.
Indecopi remarcó que no cumplir con la disposición será motivo de sanción. Recordó que el año pasado dos empresas fueron multadas por negar el pago anticipado de las cuotas de una promoción de electrodomésticos y que debieron devolver el dinero de las penalidades que se cobraron de forma irregular.