Con el objetivo de que los usuarios conozcan y ejerzan sus derechos a la hora de contratar servicios de telefonía fija, móvil, Internet o TV por cable, Osiptel, organismo regulador de las telecomunicaciones, ha lanzado la campaña ‘Los 10 derechos fundamentales del usuario de los servicios de telecomunicaciones’. Aquí, cada derecho en detalle:
1. Solicitar y recibir información clara y detallada. Las empresas tienen la obligación de contar con un servicio de información y asistencia al que los abonados puedan comunicarse para realizar consultas antes de la contratación y durante la provisión del servicio.
2. Recibir un servicio de calidad. En caso de interrupción del servicio bajo responsabilidad de la empresa, esta no podrá efectuar cobros por el periodo de duración de la interrupción, debiendo devolver los montos en caso se haya pagado el servicio por adelantado.
3. Recibir el contrato del servicio. La empresa está obligada a entregar una copia del contrato y sus anexos. En caso de pérdida de la copia del contrato, el abonado puede solicitar el acceso al original, así como una nueva copia.
4. Pagar solo por los servicios contratados y expresamente aceptados. En ningún caso, la empresa operadora facturará en el recibo cobros por concepto de gastos de cobranza, penalidades o cobros similares.
5. Exigir un código de reclamo. Se realizará sin condicionamiento al pago previo. La empresa deberá recibir y atender el reclamo del usuario y dar una constancia del mismo.
6. Dejar de pagar el monto que es materia de reclamo en una factura. El pago del monto reclamado queda suspendido hasta que se resuelva el caso.
7. Requerir el detalle de las llamadas entrantes. Deberá contener el número llamante, la fecha, la hora de inicio y duración de la comunicación. Solo el abonado podrá realizar la solicitud del detalle de llamadas entrantes.
8. Cambiar de empresa de telefonía y mantener el número. Así, el usuario no verá limitada su decisión de cambiarse de operador.
9. Suspender temporalmente el servicio. Se podrá hacer hasta por dos meses y la empresa no podrá cobrar por el servicio.
10. Dar por terminado el contrato sin pago alguno, salvo que se haya pactado un periodo mínimo de permanencia. Se hará sin condicionamiento al pago previo de las deudas pendientes, utilizando cualquier canal existente.